El máximo tribunal europeo de derechos humanos ha vuelto a echar por tierra la intención homosexual de unirse en pseudo matrimonio y ha señalado que la unión civil debería ser suficiente para estas parejas.
REDACCIÓN HO.- La sentencia se ha producido en Finlandia, después de que el demandante acusara a este país por no querer reconocer su cambio de sexo, de hombre a mujer, realizado en el año 2009. Finlandia, que no reconoce "este tipo de pseudomatrimonio” gay, señaló que no podía reconocer el cambio de sexo del demandante ya que estaba válidamente casado con una mujer con la que había tenido un hijo. La sentencia tiene un efecto devastador para los denominados derechos gay en Europa y trunca así las pretensiones de este colectivo para que sus uniones puedan hacerse realidad.
El demandante ha manifestado su rechazo a esta decisión, que ha calificado de violación de sus derechos humanos. Sin embargo, la Cámara de la Corte Europea de Derechos Humanos niega en su sentencia que esto fuera así y ha explicado que la Convención Europea de Derechos Humanos "consagra el concepto tradicional de matrimonio como aquel formado por un hombre y una mujer".
Esto decisión demuestra una vez más como la sensatez ha primado poniendo un freno a las presiones del lobby LGTB sobre los Estados que forman parte de las organizaciones internacionales. Así mismo, el Alto Tribunal ha ratificado que las relaciones entre personas del mismo sexo no son idénticas al matrimonio entre un hombre y una mujer y que por lo tanto deben ser tratadas de manera diferente.
La legislación europea de derechos humanos no exige a los países “conceder el acceso a la unión al matrimonio a parejas del mismo sexo” según el fallo del Tribunal Europeo de Derechos Humanos en un caso que según palabras textuales “pone a prueba los límites remotos de la posibilidad en los hechos y el derecho.”
En Italia la Corte Constitucional ya señaló que las uniones civiles son adecuadas para personas del mismo sexo, igual que lo hizo la Corte Suprema de los EEUU, quien delegó en cada Estado el decidir si permite o no este tipo de unión.
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